Derechos sin riqueza
Colombia se ha acostumbrado a prometerse a sí misma un país que no ha construido. En el discurso público se repite que los problemas que nos rodean —pobreza, informalidad, desigualdad, acceso precario a servicios— son ante todo “problemas sociales” que deben resolverse ampliando derechos y reforzando el papel del Estado. Sin embargo, la evidencia empírica y la experiencia cotidiana sugieren algo más incómodo: lo que padecemos no es un déficit de proclamaciones jurídicas, sino un déficit de productividad, de crecimiento sostenido y de límites institucionales al poder político. Hemos confundido el lenguaje moral de los derechos con la mecánica económica que hace posible financiarlos.
Desde la Constitución Política de Colombia de 1991, el país adoptó un modelo de Estado Social de Derecho que constitucionalizó una amplia gama de derechos prestacionales. Salud, educación, vivienda digna, mínimo vital, seguridad social: todos elevados a rango constitucional. En teoría, esta arquitectura normativa debía cerrar brechas históricas. En la práctica, tres décadas después, Colombia sigue enfrentando informalidad laboral superior al 50% en muchas ciudades, baja productividad por trabajador y un crecimiento económico volátil. La contradicción es evidente: el catálogo de derechos se expandió más rápido que la capacidad real de la economía para sostenerlos.
Aquí conviene hacer una pausa conceptual. Un derecho prestacional no es simplemente una declaración; es una obligación fiscal. Cada nuevo derecho exigible judicialmente implica gasto público permanente. Cuando la Corte Constitucional amplía interpretaciones del mínimo vital o cuando el sistema de salud judicializa prestaciones no financiadas, no se está debatiendo retórica: se están generando compromisos presupuestales. Y el presupuesto, a diferencia de los discursos, tiene restricciones. Si el gasto estructural crece por encima del crecimiento potencial de la economía, la diferencia se cubre con más impuestos, más deuda o, indirectamente, con inflación.
La discusión contemporánea sobre nuevas leyes de derechos sociales se da en un contexto particularmente delicado. El país ha enfrentado déficits fiscales persistentes, múltiples reformas tributarias en la última década y una presión impositiva que recae principalmente sobre el sector formal. El emprendedor que intenta formalizar su negocio en Barranquilla o Medellín no se enfrenta primero a la ausencia de derechos sociales, sino a una maraña regulatoria, costos no salariales elevados y cargas tributarias que desincentivan la expansión. El problema no es social en su origen; es económico e institucional.
Es en este punto donde el debate se vuelve más incómodo. Si el Estado promete más de lo que puede financiar sin asfixiar la producción, termina castigando precisamente a quienes generan la riqueza que sustenta esos derechos. La inversión privada cae, la informalidad aumenta y el crecimiento potencial se reduce. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha advertido en distintos informes sobre Colombia que la baja productividad y la informalidad estructural son obstáculos centrales para el desarrollo. No se resuelven ampliando el catálogo constitucional; se resuelven con reformas estructurales que liberen la capacidad productiva.
Algunos dirán que el problema no es la existencia de derechos, sino la corrupción. Y tienen razón en parte. Colombia ha sufrido históricamente captura institucional y uso clientelista del presupuesto. Pero esa realidad no es independiente del diseño institucional. Cuando el Estado concentra grandes volúmenes de recursos y amplias facultades discrecionales, la política se convierte en competencia por rentas. La clase política deja de competir por ideas de productividad y compite por el control del gasto. En ese entorno, los derechos sociales pueden convertirse en justificación moral para expandir un aparato estatal que luego es capturado.
La inflación reciente ofrece otro ángulo revelador. Aunque el Banco de la República mantiene formalmente autonomía, el entorno fiscal condiciona la estabilidad macroeconómica. La inflación actúa como impuesto regresivo: erosiona el ingreso real de quienes no tienen activos financieros indexados. El ciudadano común no siente la expansión del gasto como un acto de solidaridad abstracta; la siente en el precio del mercado, en el arriendo, en la tasa de interés de su crédito. Cuando el poder adquisitivo cae, la narrativa de derechos pierde fuerza frente a la realidad del bolsillo.
Introduzcamos ahora un contraste internacional. Países que hoy exhiben altos niveles de bienestar no comenzaron por ampliar derechos indefinidamente; comenzaron por construir entornos institucionales estables, reglas claras de propiedad y mercados competitivos. Incluso economistas con posiciones socialdemócratas reconocen que sin crecimiento sostenido no hay Estado de bienestar sostenible. La riqueza precede a la redistribución. En Colombia hemos intentado, en ocasiones, invertir el orden lógico: redistribuir antes de crear suficiente riqueza.
Desde otra perspectiva, pensadores críticos del intervencionismo han advertido que el Estado tiende a expandirse más allá de su función esencial cuando no enfrenta límites fiscales estrictos. La disciplina presupuestal no es una obsesión tecnocrática; es una condición para la libertad económica. Cuando el Estado necesita financiar compromisos crecientes, aumenta impuestos o crea distorsiones regulatorias. Cada nueva carga reduce el margen de acción del individuo productivo. Y cuando la libertad económica se reduce, el crecimiento se ralentiza.
En la vida cotidiana, esto se traduce en historias concretas. El pequeño comerciante que no contrata formalmente porque los costos laborales superan su margen. El profesional joven que emigra porque percibe incertidumbre regulatoria. El empresario que posterga inversión ante reformas tributarias recurrentes. Ninguno de ellos identifica su obstáculo principal como la ausencia de un derecho social adicional; lo identifican como inestabilidad normativa, presión fiscal y falta de seguridad jurídica.
No se trata de negar la existencia de problemas sociales reales. Colombia enfrenta desigualdades históricas, brechas regionales profundas y deficiencias en provisión de bienes públicos esenciales como justicia y seguridad. Pero la pregunta estratégica es distinta: ¿qué causa estructural explica que esos problemas persistan pese a décadas de expansión normativa? Si el modelo actual fuera suficiente, los resultados ya deberían ser visibles en productividad y movilidad social.
Derogar una ley de derechos sociales, en este contexto, no es un acto simbólico contra la dignidad humana; es una discusión sobre sostenibilidad institucional. Un derecho que no puede financiarse de manera responsable se convierte en frustración colectiva. Y la frustración erosiona la confianza en las instituciones. La estabilidad jurídica y la responsabilidad fiscal, por el contrario, crean un entorno donde la inversión florece y el empleo formal crece. Con más empleo formal, el acceso efectivo a servicios mejora sin necesidad de promesas cada vez más ambiciosas.
La verdadera barrera al progreso colombiano no es la falta de declaraciones bien intencionadas. Es un diseño institucional que permite expansión permanente del gasto, reformas tributarias recurrentes y captura política de recursos. Mientras no abordemos ese núcleo, seguiremos debatiendo derechos en el papel mientras la economía real avanza a un ritmo insuficiente.
Colombia no necesita más promesas constitucionales; necesita crecimiento sostenido, productividad y límites claros al poder político. Los derechos son valiosos, pero dependen de algo más básico: la capacidad de generar riqueza en libertad. Sin esa base, todo derecho termina siendo una aspiración financiada con deuda, impuestos o inflación. Y ninguna sociedad progresa indefinidamente sobre aspiraciones que su economía no puede sostener.

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